miércoles, 6 de enero de 2010

Orientaciones para el uso de los recursos SEP

Ministerio de Educación- División de Educación General - Coordinación Nacional SEP
Orientaciones para el uso de los
recursos SEP
Todos los recursos asociados a la SEP -tanto los aportes como la
subvención- deben ser invertidos y proyectados en el Plan de
Mejoramiento Educativo.
La ley SEP y el uso de los recursos
De acuerdo con lo establecido por la ley, la Subvención Escolar Preferencial (SEP)
difiere de otras subvenciones en tanto está sujeta a las siguientes condiciones:
- Los establecimientos que la reciban deben asegurar condiciones básicas de
equidad y calidad.
- Los recursos deben destinarse exclusivamente a la implementación de un Plan
de Mejoramiento Educativo conducente al logro de aprendizajes de todos los
niños y niñas del establecimiento, en particular de los considerados prioritarios.
- El sostenedor deberá rendir cuenta del uso de los recursos recibidos.
¿Cuáles son los recursos a utilizar en los Planes de Mejoramiento Educativo
(PM-SEP)?
Todos los recursos que ingresen a los establecimientos por concepto de subvención
preferencial y subvención por concentración deberán destinarse al Plan de
Mejoramiento.
La rendición de cuentas1 se hará sobre la totalidad de los ingresos percibidos por
concepto de subvenciones, de los aportes establecidos en la ley Nº 20.248 y de los
gastos asociados al Plan de Mejoramiento Educativo.
¿En qué se pueden gastar los recursos?
“Destinar la subvención y los aportes que contempla esta ley
a la implementación de las medidas comprendidas en el Plan
de Mejoramiento Educativo, con especial énfasis en los alumnos
prioritarios, e impulsar una asistencia técnico pedagógica
para mejorar el rendimiento escolar de los alumnos
con bajo rendimiento académico.”
(Según el artículo N° 6 letra e de la Ley SEP)
A continuación se señalan las categorías y tipo de gasto en los cuales la ley autoriza usar los
recursos de la SEP. La categorización corresponde a los ítemes con los que se hará la
rendición de cuentas correspondiente.
1 Para mayor detalle refiérase a los artículos 24 al 27 del reglamento SEP.
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Categorías de gastos Descripción de la
Categoría
Ejemplo Qué gastos no pueden ser
imputados a la SEP
Gastos de operación
(bienes y servicios)
- Material de uso o
consumo corriente
- Arriendos
- Gastos menores
- Transporte para una
actividad.
- Arriendo de un
gimnasio.
- Alimentación para
profesores.
Los gastos de funcionamiento
normal del establecimiento
Gastos en personal Pago de servicios en
relación exclusiva con la
ejecución del Plan de
Mejoramiento Educativo.
- Contratación de una
sicopedagoga para
apoyo de estudiantes
rezagados.
Cualquier gasto que no
corresponda al Plan de
Mejoramiento Educativo, los que
deberán ser atendidos con otros
recursos.
Asesorías Técnicas y
Capacitación
- Asesorías Técnica y
Capacitación, ambos en
el marco del Plan de
Mejoramiento Educativo.
Estos servicios deben
estar inscritos en el
Registro ATE.
- Perfeccionamiento
como parte del Plan de
Mejoramiento debe estar
inscrito en el RPNP.
- Asesoría para
implementar un
sistema de evaluación
de aprendizajes.
- Asesorías para el
diseño de una política
de capacitación de
profesores.
- Capacitaciones sobre
la elaboración de
instrumentos de
evaluación.
- Capacitación en
didáctica o método
para la enseñanza para
la lecto-escritura.
- Capacitación para el
desarrollo de un plan
para estimular la
lectura.
- Diplomado en
didáctica de la
enseñanza de la
matemática.
Las asesorías pedagógicas o
técnicas que no estén incluidas en
el Plan de Mejoramiento y las
prestadas por personas o
entidades no inscritas en el
Registro ATE
Gastos en recursos
de aprendizaje
Material fungible y no
fungible destinado a
satisfacer las actividades
descritas en el Plan de
Mejoramiento Educativo.
- Textos, material
didáctico, globos
terráqueos, papel para
imprimir, materiales.
- Libros para biblioteca,
mapas, software,
implementos
deportivos,
instrumentos
musicales, material
didáctico.
Cualquier recurso que no
corresponda al Plan de
Mejoramiento Educativo.
Gastos en
equipamiento de
apoyo pedagógico
Adquisición de bienes
necesarios para el
cumplimiento de las
actividades descritas en
el Plan de Mejoramiento.
Educativo
Multicopiadora, pizarra
digital, computadores,
microscopios.
Equipamiento que no corresponda
a las necesidades descritas en el
PM-SEP.
Gastos Imprevistos No podrán exceder el 5%
de los recursos
asociados al Plan y
deberán gastarse con
arreglo a las normas de
la SEP.
Uso de horas
extraordinarias.
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Ejemplos de acciones en que se pueden invertir los recursos SEP
A continuación se mencionan las áreas que deben contemplar los Planes de Mejoramiento
Educativo, según lo establece la ley SEP. Para cada una de ellas se ejemplifican acciones
posibles, sin perjuicio que un sostenedor, respetando estas áreas, proponga acciones distintas.
En cualquier caso, éstas también deben estar consideradas en el Plan de Mejoramiento y tener
como fin mejorar los aprendizajes de todos los y las estudiantes, especialmente de los
considerados prioritarios. Toda acción planificada debe estar claramente justificada en función
de las metas propuestas.
Área Objetivos esperados Acciones posibles
Mejorar las prácticas
pedagógicas.
Capacitación a profesores y directivos.
Adquisición de recursos para las prácticas docentes
que faciliten el aprendizaje de las y los estudiantes.
Pueden ser textos, guías, videos, CDs, softwares,
biblioteca escolar y de aula, computadores, Internet,
talleres, sistemas de fotocopiado, entre otros.
Tiempos para trabajo entre pares en reflexión
pedagógica, modelado de prácticas, análisis y
seguimiento de resultados y otros.
Apoyar a las y los
estudiantes con
necesidades educativas
específicas.
Dividir cursos para ciertas actividades de refuerzo.
Apoyo para estudiantes con problemas de
aprendizaje.
Apoyo de psicopedagogos, orientadores y profesores
para reforzamiento.
Mejorar los sistemas de
evaluación del
aprendizaje
Construcción de instrumentos evaluativos para
aplicarse periódicamente según las necesidades del
establecimiento.
1. Acciones en el
área de gestión
del currículum
Enriquecer el currículum
ofrecido a los alumnos y
alumnas.
Salidas a museos, teatros, exposiciones, lugares
históricos o culturales.
Fortalecer en la
comunidad educativa las
altas expectativas de
aprendizaje de los y las
estudiantes
Diseño de estrategias pedagógicas y de uso de
recursos que estimulen altas expectativas en el
alumnado, profesores y apoderados.
Participación en el establecimiento de personalidades
de la vida cultural y científica y de profesionales o
dirigentes de la sociedad local o nacional.
2. Acciones en el
área de liderazgo
escolar
Fortalecimiento del
equipo directivo
Actividades de formación y capacitación del equipo
directivo.
Asignar horas para trabajo técnico y directivo.
Incorporar los recursos técnicos y directivos
necesarios.
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Área Objetivos esperados Acciones posibles
Mejorar la convivencia y
gestión del clima escolar
Elaboración de planes de orientación para la vida
destinados a padres, estudiantes, profesoras y y
profesores.
Actividades extraescolares sistemáticas: deportivas,
culturales, artísticas o sociales.
Actividades de fortalecimiento del Consejo Escolar.
3. Acciones en el
área de
convivencia
escolar
Fortalecer a las familias y
los apoderados en el
vínculo educativo y
afectivo con las y los
alumnos y la escuela
Apoyo psicológico y de asistencia social a las y los
estudiantes y a sus familias.
Elaboración de planes de formación para padres con
el fin de involucrarlos en el desarrollo de sus hijos.
4. Acciones en el
área de gestión
de recursos
Docentes y asistentes de
la educación más
preparados para cumplir
su labor y trabajar en pos
de los objetivos
institucionales y de
aprendizaje
Definición de una política de perfeccionamiento para
los docentes y asistentes de educación del
establecimiento, destinada a fortalecer aquellas áreas
del currículum en que los estudiantes han obtenido
resultados educativos insatisfactorios.
Establecimiento de sistemas de evaluación de los
docentes.
¿Cuáles son las principales orientaciones para el uso de los recursos SEP?
De acuerdo a las áreas mencionadas, es necesario tener en consideración las siguientes
orientaciones para la inversión correcta de los recursos:
a) Para la contratación de Asistencia Técnica Externa, Capacitación y Perfeccionamiento:
La ley permite que los sostenedores de los establecimientos, cualquiera sea su categoría,
contraten apoyo externo de personas o entidades pedagógicas o técnicas de apoyo para la
elaboración (incluye diagnóstico) y ejecución (incluye monitoreo y evaluación del Plan) de los
planes de mejoramiento en sus escuelas. Para ello se debe considerar que:
- Las personas naturales o jurídicas contratadas para estos efectos deben estar
necesariamente inscritas en el Registro de Asistencia Técnica.
- Toda contratación debe regirse por las normas civiles de contratación de
asesorías y, en el caso de las escuelas municipalizadas, con la normativa
municipal de contrataciones.
- Si se trata de servicios de capacitación contemplados en el Plan de
Mejoramiento, los proveedores deberán estar inscritos en el registro ATE.
- Para el caso de los cursos de perfeccionamiento incorporados en el Plan de
Mejoramiento, éstos deberán estar inscritos en el RPNP.
b) Para la inversión en recursos de apoyo al aprendizaje
Todos los recursos que se adquieran deben estar asociados a las acciones del Plan de
Mejoramiento Educativo, debidamente justificadas en su uso y evidentemente en función de
apoyar el aprendizaje de los estudiantes. Igualmente, se debe considerar que:
- Existen recursos y programas que ya entrega el Ministerio respecto al apoyo de
aprendizaje, por ejemplo el programa Enlaces, CRA, Orígenes, LEM, ECBI, los que
pueden ser incorporados en el Plan de Mejoramiento.
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- El gasto en material fungible, equipamiento y todo lo que se establece como
fortalecimiento de los instrumentos de apoyo a la actividad educativa, tal como lo
señala el artículo 8 de la ley, puede ser realizado con recursos SEP. Sin embargo,
no está considerado en ningún ítem la inversión o utilización de recursos SEP en
infraestructura.
c) Para la contratación de profesionales:
Las siguientes son las condiciones para la contratación de personas naturales por parte de las
escuelas adscritas a la ley SEP dentro del marco del Plan de Mejoramiento. Educativo, según
la dependencia del establecimiento educacional. Se excluyen las asesorías pedagógicas y
técnicas de apoyo para la elaboración y ejecución del Plan de Mejoramiento que deben regirse
por lo dispuesto en la letra a) precedente.
Se consideran las siguientes categorías:
1. Ampliación de horas de personal contratado.
2. Contrataciones de horas de personal nuevo.
3. Contratación a honorarios de servicios de asistentes profesionales de la educación y
especialistas en actividades extra-programáticas, para la ejecución de acciones
específicas del Plan de Mejoramiento.
Dependencia: Municipal
Ampliación de horas a personas
(que están dentro de la dotación
aprobada en el PADEM)
contratadas en el DAEM,
Corporación o escuela.
Es posible ampliar horas a personas contratadas (docentes
y asistentes de la educación), durante todo o parte del año,
en la medida que la contratación obedece a la ejecución de
una acción específica incorporada en la programación anual
del Plan, cumple con la normativa municipal y laboral de
contrataciones, las horas de dotación fijadas en el PADEM y
las horas máximas legales semanales de contrato.
Ampliación de horas a personas a
contrata.
Es posible ampliar horas a personas a contrata (docentes y
asistentes de la educación), durante todo o parte del año, en
la medida que la contratación obedece a la ejecución de una
acción específica incorporada en la programación anual del
Plan, cumple con la normativa municipal y laboral de
contrataciones, las horas de contrata legalmente autorizadas
y las horas máximas legales semanales de contrato.
Ministerio de Educación- División de Educación General - Coordinación Nacional SEP
Contratación de horas a docentes,
educadores y asistentes de la
educación nuevos.
La contratación de horas a nuevos docentes y educadores
dice relación con allegar capacidades técnicas para la
implementación del Plan de Mejoramiento, tanto en la
escuela (ej. Jefes de UTP) como en las Corporaciones
Municipales o DAEM (ej. Expertos en Lenguaje), y para
personal docente que permita apoyar acciones del Plan,
como por ejemplo, dividir cursos en ciertos subsectores.
En el caso de contrataciones en las Corporaciones o DAEM
debe situarse esta contratación a prorrata en los Planes de
Mejoramiento de las escuelas que la contratación atiende,
debiendo señalarse en el contrato la distribución de horas
por escuela.
Respecto de los asistentes de la educación se refiere a
contratación, bajo subordinación o dependencia, de
sicólogos, sicopedagogos, etc., para realizar funciones
específicas al interior de la ejecución del Plan de
Mejoramiento.
Esta contratación de nuevos docentes, educadores y
asistentes de la educación es posible, en jornada total o
parcial, en la medida que obedece a la ejecución de una
acción específica incorporada en la programación anual del
Plan, cumple con la normativa municipal y laboral de
contrataciones, las horas de dotación fijadas en el PADEM,
y las horas de contrata legalmente autorizadas.
Ministerio de Educación- División de Educación General - Coordinación Nacional SEP
Contratación a honorarios de
servicios personales de asistentes
profesionales de la educación y
especialistas en actividades
extraprogramáticas.
Refiere al trabajo de profesionales de la educación, por
ejemplo: educadores diferenciales, sicopedagogos,
fonoaudiólogos, sicólogos; y de especialistas para talleres y
actividades extraprogramáticas (por ejemplo: deportivos,
musicales, teatro, etc.), contratados a honorarios, sin estar
sujetos a subordinación o dependencia.
Correspondientes a servicios profesionales específicos de
ejecución temporal. Es posible la contratación a honorarios
de personas naturales que prestan los servicios señalados
para la ejecución de acciones específicas incorporadas en la
programación anual del Plan, que cumple con la normativa
municipal y laboral de contrataciones y con la normativa civil
y tributaria referida a las contrataciones a honorarios.
Se excluye a aquellas personas que trabajan sujetas a
horarios, subordinación y dependencia. Las personas
contratadas deben ser idóneas para la acción para la cual se
contrata. El sostenedor contratante deberá colocar en la
carpeta de rendición de cuentas SEP, adjunto al
correspondiente egreso, una declaración jurada en la que
acredita dicha idoneidad y la no existencia de
incompatibilidades de afinidad o parentesco según la ley2.
El monto total anual de recursos de ley SEP utilizado para el
pago de estos honorarios no podrá exceder del 15 % del
total de éstos. La información de las personas oferentes se
incorporará en la planilla de rendición de cuentas, en la
rendición pública y en un registro público de oferentes. Los
prestadores de estos servicios deberán emitir una boleta de
honorarios por cada escuela.
Consideraciones:
- No se permite el pago de bonos e incentivos con los recursos de la Ley SEP.
- Se permite el pago de horas extraordinarias con los recursos de la Ley SEP, dentro del
ítem imprevistos, en la medida que la asignación de estas horas obedezca a la
ejecución de una acción incorporada en la programación anual del Plan y cumpla con
las disposiciones del Código del Trabajo.
Dependencia: Particular Subvencionado
Ampliación de horas a personas
contratadas en la escuela.
Es posible ampliar horas a personas contratadas (docentes
y asistentes de la educación), durante todo o parte del año,
en la medida que la contratación obedece a la ejecución de
una acción específica incorporada en la programación
anual del Plan, cumple con la normativa laboral de
contrataciones y las horas máximas legales semanales de
contrato.
Contratación de horas a docentes,
educadores y asistentes de la
educación nuevos.
La contratación de horas a nuevos docentes y educadores
dice relación con allegar capacidades técnicas para la
implementación del Plan de Mejoramiento tanto a nivel de
la escuela (ej. profesionales para la UTP) como en el del
Sostenedor (ej. especialistas en Lenguaje), como para
personal docente que permita apoyar acciones del Plan,
(ej. reforzamiento de alumnos).
2 Se adjunta propuesta de formato de declaración y de los documentos para acreditar la
idoneidad de la persona para la acción para la cual fue contratada, tales como título
profesional, currículum vitae, etc.
Ministerio de Educación- División de Educación General - Coordinación Nacional SEP
Si la contratación es a nivel de Sostenedores, ésta debe
colocarse a prorrata en los Planes de Mejoramiento de las
escuelas que la contratación atiende, debiendo señalarse
en el contrato la distribución de horas para cada escuela.
Respecto de los asistentes de la educación, se refiere a
contratación, bajo subordinación o dependencia, de
sicólogos, sicopedagogos, etc. para realizar funciones
específicas como parte de la ejecución del Plan de
Mejoramiento.
Esta contratación de nuevos docentes, educadores y
asistentes de la educación es posible, en jornada total o
parcial, en la medida que obedece a la ejecución de una
acción específica incorporada en la programación anual del
Plan y cumple con la normativa laboral de contrataciones.
Contratación a honorarios de
servicios personales de asistentes
profesionales de la educación y
especialistas en actividades
extraprogramáticas.
Refiere al trabajo de asistentes profesionales de la
educación, por ejemplo: educadores diferenciales,
sicopedagogos, fonoaudiólogos, sicólogos; y de
especialistas para talleres y actividades extraprogramáticas
(por ejemplo: deportivas, musicales, teatro) contratados a
honorarios, sin estar sujetos a subordinación o
dependencia y correspondiente a servicios profesionales
específicos de ejecución temporal.
Es posible la contratación a honorarios de personas
naturales que prestan los servicios señalados para la
ejecución de acciones específicas en la medida que la
contratación obedece a la ejecución de una acción
específica incorporada en la programación anual del Plan,
y cumple con la normativa civil y tributaria referida a las
contrataciones a honorarios.
Se excluye a aquellas personas que trabajan sujetas a
horario, subordinación y dependencia. Las personas
contratadas deben ser idóneas para la acción para la cual
se contrata. El sostenedor contratante deberá colocar en la
carpeta de rendición de cuentas SEP, adjunto al
correspondiente egreso, una declaración jurada en la que
acredita dicha idoneidad y la no existencia de
incompatibilidades de afinidad o parentesco según la ley3.
El monto total anual de recursos de ley SEP utilizado para
el pago de estos honorarios no podrá exceder del 15 % del
total de estos. La información de las personas oferentes se
incorporará en la planilla de rendición de cuentas, en la
rendición pública y en un registro público de oferentes. Los
prestadores de estos servicios deberán emitir una boleta de
honorarios por cada escuela.
Consideraciones:
- No se permite el pago de bonos e incentivos con los recursos de la Ley SEP.
- Se permite el pago de horas extraordinarias con los recursos de la Ley SEP, dentro del
ítem imprevistos, en la medida que la asignación de estas horas obedezca a la
3 Se adjunta propuesta de formato de declaración y de los documentos que acreditan la
idoneidad de la persona para la acción para la cual fue contratada tales como título profesional,
currículum vitae, etc.
Ministerio de Educación- División de Educación General - Coordinación Nacional SEP
ejecución de una acción incorporada en la programación anual del Plan y cumpla con
las disposiciones del Código del Trabajo.
Propuesta de Formato de Declaración
Declaración requerida para incorporar servicios profesionales específicos a honorarios de
asistentes de la educación y especialistas en actividades extraprogramáticas como parte del
Plan de Mejoramiento.
DECLARACIÓN JURADA DEL SOSTENEDOR
Persona que presta el servicio
RUT de la persona que presta el servicio
Tipo de servicio
Declaro que la persona mencionada arriba es idónea para desarrollar el servicio para el cual se
le contrató y no tiene incompatibilidades legales para su contratación.
DECLARACIÓN JURADA DEL PRESTADOR (sólo en caso de existir relación de
parentesco y afinidad permitida legalmente)
Declaro que la persona arriba tiene la siguiente relación de parentesco y afinidad con el
sostenedor o el Director (a) del establecimiento:
Firma del declarante (Rep. Legal,
sostenedor o Director)
DECLARACION JURADA DEL PRESTADOR
Persona que presta los servicios
RUT de la persona que presta los
servicios
Tipo de servicio
Acepto que mi nombre y mis datos se incorporen en un listado público de oferentes de
servicios.
Firma del prestador del servicio
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¿Qué programas del Ministerio pueden ayudar a la elaboración y ejecución del Plan de
Mejoramiento?
El Ministerio de Educación, como parte de sus políticas de apoyo al sistema escolar, pone a
disposición de los establecimientos y los sostenedores un conjunto de iniciativas que, dado su
carácter, debieran estar incorporadas como recursos en la elaboración y ejecución de los
Planes de Mejoramiento Educativo, de modo de no duplicar acciones ni su financiamiento.
Por ejemplo:
• Plan de Informática Educativa (Enlaces): provee de nuevos computadores y software
educativos a los establecimientos subvencionados. De igual forma, Enlaces hoy realiza
acciones referentes al desarrollo y acceso a recursos pedagógicos digitales pertinentes al
currículum, entrega servicios de formación en uso de TIC a la comunidad educativa y
ciudadana, dispone de tecnologías, contenidos, servicios de capacitación y asistencia
técnica para todas las escuelas.
• Centro de Recursos de Aprendizaje (CRA): recursos asociados a apoyar la
implementación del currículum y a generar instancias de aprendizaje (impresos, digitales,
CD, videos, etc.). Los recursos asociados a Biblioteca Escolar/CRA son parte de un plan
global de mejoramiento de las bibliotecas escolares.
• Textos Escolares: el Ministerio de Educación, a través de su política de textos escolares,
provee libros de estudio en forma gratuita a todos los estudiantes de educación
subvencionada del país para apoyar su proceso de enseñanza y aprendizaje, tanto en sus
establecimientos como en sus hogares.
• Fondo de Apoyo a la Gestión Municipal: permite financiar iniciativas para mejorar la
gestión de personal, contable, de inventario, de comunicaciones con las comunidades, de
fortalecimiento de los equipos DAEM y de Corporaciones Municipales, entre otras.
• Planes de Superación Profesional: corresponde a los recursos que entrega el Estado a
los sostenedores municipales con el fin de contratar apoyo para superar las debilidades
detectadas en los docentes evaluados como básicos o insatisfactorios en su desempeño
profesional.
• Convenios de Desempeño Colectivo del Personal Directivo y Técnico Pedagógico
(Ley 19.933, art. 18 y Ley 20.158, art. 13. letra g): permite incrementar la asignación de
responsabilidad directiva y técnica en aquellas escuelas en que, por ejemplo, se cumplan
las metas y compromisos asociados al Plan de Mejora (SACGE).
• Incentivos Docentes: tales como el incentivo grupal (SNED), bonificaciones individuales
asociadas a capacitación y evaluación docente (AEP, Asignación Docente, etc.)
• Subvención de Reforzamiento Educativo: destinada a apoyar a estudiantes con rezago
educativo, debe ser invertida en las actividades de recuperación del rezago educativo de
los alumnos identificados en el Diagnóstico del Plan.
• Ayudantes de Sala y Talleres de Aprendizaje (TAP): recursos que deben estar
alineados con los Planes y con las necesidades de los estudiantes.
• Otras Subvenciones: un conjunto de subvenciones entregadas con el propósito de
financiar ítemes específicos como JEC, Subvención Anual de Apoyo al Mantenimiento,
Internado, Subvención Pro retención, Desempeño en Condiciones Difíciles, entre otras,
también deben alinearse con el Plan de Mejoramiento..
Mayor información en: www.comunidadescolar.cl.
Coordinación Nacional SEP

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